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Paolo Di Rosa es socio del grupo de Arbitraje Internacional, que fundó y luego dirigió durante casi 17 años antes de dejar el cargo de presidente el 1 de enero de 2024. Ha sido reconocido durante mucho tiempo como uno de los principales especialistas en arbitraje internacional en el mundo. Clientes y publicaciones tales como Chambers y Legal 500 han descrito al Lic. Di Rosa como un abogado "brillante" y "magistral", con una "reputación de primera clase", que es "contratado con frecuencia para manejar arbitrajes de envergadura en todo el mundo". "Un entrevistado impresionado comentó: 'En mi opinión, es, sin duda alguna, una de las mejores figuras del mundo en su campo'". "Paolo está en la cima" y es "uno de los mejores abogados de disputas entre inversionistas y estados con los que he trabajado."

"Totalmente bilingüe [español-inglés] con una mente analítica sobresaliente, es, sencillamente, lo mejor." Se le reconoce en particular como "formidable en el arbitraje de tratados de inversión." "'Es la primera persona a la que llamaría si tuviera un arbitraje inversor-Estado en Latinoamérica'". "Las fuentes consideran que Paolo Di Rosa es 'estupendo en las audiencias conduciendo los alegatos de apertura y contrainterrogando a un testigo clave'". "Los clientes también destacan su "'profunda capacidad de persuasión y su increíble habilidad para reaccionar ante cualquier sorpresa en los tribunales'". "Las fuentes reverencian su trabajo" y "se apresuran a elogiar sus habilidades para tratar con los clientes", enfatizando que es "'muy agradable'" y "'un placer trabajar con él.'"

Ha recibido reconocimiento en diversas publicaciones, entre ellas Chambers Global, Chambers USA, Chambers Latin America, The Legal 500 US, The Legal 500 Latin America, Best Lawyers in America, Best of the Best USA Expert Guide, The Who's Who Legal, Super Lawyers, y Euromoney's Guide to the World's Leading Experts, entre otras. Por ejemplo ha sido clasificado en la Franja No. 1 de las últimas 5 ediciones de Chambers Global (toda Latinoamérica) y designado por Legal 500 Latin America como uno de los 'Abogados líder' en las últimas 6 ediciones. También ha sido seleccionado por Legal 500 US como uno de los "Abogados líder" en sus últimas 12 ediciones (en las últimas 4 de las cuales fue elegido como uno de abogados selectos del "Salón de la fama"). Asimismo, ha sido designado por Legal 500 Latin America como uno de los 'Abogados líder' en Arbitraje Internacional en las últimas 7 ediciones, y además ha aparecido en el ranking de especialistas en Derecho Internacional Público en las últimas 7 ediciones de Chambers Global.

Su desempeño se centra en la representación de Estados y empresas del sector privado en arbitraje internacional complejo y de alto riesgo, litigios y asuntos de derecho internacional público, incluidas, en particular, disputas entre inversionistas y Estados en virtud de tratados de inversión. Tiene una experiencia particularmente amplia con Estados ya que ha representado o asesorado en asuntos de arbitraje y/o litigio internacional a numerosos Estados en el mundo entero como Bulgaria, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Ecuador, Egipto, Eslovaquia, Israel, Paraguay, Perú, República Checa, República Dominicana, Sri Lanka, Tailandia, Turquía y Venezuela.

Ha representado con éxito a clientes en disputas en todo el mundo y en una amplia variedad de industrias y sectores económicos, incluidos energía, recursos renovables, petróleo y gas, minería, banca y finanzas, transporte, pesca, bienes raíces y medios. El Sr. Di Rosa ha tenido un historial excepcional de éxito: en el transcurso de una carrera legal de 30 años, no ha sufrido ninguna derrota en el resultado final (después de apelaciones y procedimientos de anulación, cuando corresponda) de cualquier litigio o arbitraje internacional en que estuvo involucrado como abogado desde el comienzo del caso.

Aunque se desempeña en todas las regiones geográficas del mundo, su principal área de especialidad es los asuntos legales relacionados con Latinoamérica (adquirida tanto en el sector privado como en el gobierno federal de los EE. antecedentes.

Se desempeña asimismo como árbitro, y el 23 de febrero de 2016 fue designado por el presidente Barack Obama como uno de los cuatro miembros estadounidenses de la Lista de Árbitros del CIADI. Ver el comunicado de prensa de la Casa Blanca disponible aquí. Es un orador frecuente en conferencias y seminarios internacionales, y autor de numerosos artículos y capítulos de libros.

Al comienzo de su carrera ejerció como abogado de alto nivel del gobierno de los Estados Unidos, en el que fue designado miembro del Servicio Ejecutivo Superior. Como Asesor Jurídico Adjunto para asuntos del hemisferio Occidental en el Departamento de Estado de los EE.UU. durante el gobierno del Presidente Clinton, dirigió la oficina responsable de los asuntos legales relacionados con Latinoamérica y el Caribe, así como con Canadá. Durante su gestión en el Departamento de Estado, recibió un Premio de Honor Superior, así como un Premio de Honor al Mérito.

Experiencia

Casos concluidos

El Lic. Di Rosa ha representado exitosamente a Estados en los siguientes arbitrajes de inversión:

  • República Checa, en seis arbitrajes de inversión separados, iniciados en virtud de tratados bilaterales de inversión y el Tratado de la Carta de la Energía, cinco de ellos bajo las normas de la CNUDMI y uno ad hoc, entablados por las demandantes Antaris Solar GMBH y Dr. Michael Göde, Jürgen Wirtgen, Stefan Wirtgen, Gisela Wirtgen y JSW Solar (zwei ) GmbH & Co.KG, Photovoltaik Knopf Betriebs GmbH, Voltaic Network GmbH, WA Investments – Europa Nova Limited e I.C.W Europe Investments Limited, respectivamente. Estos arbitrajes involucraron disputas en el sector de la energía renovable (solar), y todos los reclamos contra la República Checa fueron desestimados por completo. Además, a la República Checa le fueron otorgadas costas arbitrales parciales y honorarios en cinco de los seis casos.
  • República de Chile en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por Carlos Ríos y Francisco Ríos bajo el Tratado de Libre Comercio Colombia - Chile, que involucró una disputa en el sector transporte y reclamos por más de US$355 millones. El tribunal desestimó por completo la demanda contra la República de Chile, y además a ésta le fueron otorgados el 100% de sus costos de arbitraje y el 40% de sus honorarios y gastos legales.
  • República de Bulgaria en un arbitraje de inversión incoado ante el CIADI por el Fondo de Reserva General del Estado (SGRF) de la Sultanato de Omán en virtud de un tratado bilateral de inversión, que involucró una disputa en el sector bancario y reclamos por US$88 millones. Todas las reclamaciones contra el Sultanato de Omán fueron completamente desestimadas, y el mismo recibió, además del 100% de las costas arbitrales, el 100% de sus honorarios y gastos legales.
  • República de Costa Rica, en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por la compañía minera canadiense Infinito Industries, de conformidad con un tratado de inversión bilateral y relacionado con una disputa en el sector de la minería de oro y reclamos de US$400 millones. Desestimación total de todos los reclamos menos uno aunque el tribunal no otorgó indemnización alguna a la demandante.
  • República de Costa Rica, en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por la empresa española Supervisión y Control S.A. de conformidad con un tratado de inversión bilateral, relacionado con una disputa en el sector del transporte y reclamos de US$345 millones. Todos los reclamos contra la República de Costa Rica fueron completamente desestimados.
  • República Dominicana, en un arbitraje de inversión ante el CIADI por el demandante estadounidense Corona Materials Inc. de conformidad con el Acuerdo de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica (DR-CAFTA), que involucró una disputa en el sector minero y reclamos de US$100 millones. Todos los reclamos contra la República Dominicana fueron completamente desestimados.
  • República de Chile en el arbitraje de inversión de mayor duración de todos los tiempos, presentado ante el CIADI por Víctor Pey Casado y la Fundación Presidente Allende en virtud de un tratado bilateral de inversión. El arbitraje involucró una disputa en el sector de medios audiovisuales y reclamos iniciales por más de US$500 millones. Tras un proceso arbitral que duró 22 años (el Lic. Di Rosa estuvo involucrado en los últimos 18 años), los demandantes finalmente obtuvieron cero daños, arrojando en consecuencia un resultado exitoso para la República de Chile.
  • República de Corea en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI en virtud de tratados bilaterales de inversión, entablado por subsidiarias del fondo de capital privado estadounidense Lone Star (LSF-KEB Holdings SCA et al.), y que involucra una disputa en el sector bancario y reclamos de US$4.4 mil millones.
  • República de Chile en un arbitraje de inversión bajo las reglas de arbitraje CNUDMI, presentado por la Fundación Presidente Allende, Víctor Pey Casado y Coral Pey Grebe de conformidad con un tratado bilateral de inversión, que involucró una disputa en el sector de medios audiovisuales y reclamos por US$467 millones. Todos los reclamos contra nuestro cliente fueron completamente desestimados y, además, nuestro cliente recibió el 100% de costas arbitrales más el 80% de sus honorarios y gastos legales.
  • República del Perú en un arbitraje basado en un contrato presentado ante el CIADI por Hydrika 1 SAC, relacionado con una disputa en el sector de la energía renovable (hidroeléctrica). Todos los reclamos contra nuestro cliente fueron totalmente desestimados y el mismo recibió el 100 % de los costos del arbitraje y el 100 % de los honorarios y costas. 
  • República de Chile, en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por la empresa pesquera española Sociedad Anónima Eduardo Vieira de conformidad con un tratado de inversión bilateral, relacionado con una disputa en el sector pesquero y reclamos de US$25 millones. Todos los reclamos contra la República de Chile fueron completamente desestimados.
  • República de Colombia en un arbitraje de tratado de inversión bajo las reglas CNUDMI, presentado por Alberto, Felipe y Enrique Carrizosa Gelzis de conformidad con el Acuerdo de Promoción Comercial entre Estados Unidos y Colombia, que involucró una disputa en el sector financiero y reclamos por US$320 millones. Todas las reclamaciones contra la República de Colombia se desestimaron por completo, y a la República de Colombia le fueron otorgados el 100% de sus costas arbitrales y casi el 100% de sus honorarios y gastos legales.
  • República de Colombia en un arbitraje de inversión separado relacionado con el anterior, presentado ante el CIADI por Astrida Benita Carrizosa de conformidad con el Acuerdo de Promoción Comercial entre Estados Unidos y Colombia y el tratado bilateral de inversión Colombia-Suiza. Todos los reclamos contra la República de Colombia fueron completamente desestimados y a la República de Colombia le fueron otorgados el 100% de sus costas arbitrales y el 50% de sus honorarios y gastos legales.
  • República Dominicana en un arbitraje de inversión presentado ante la CPA por Michael y Lisa Ballantine de conformidad con el tratado DR-CAFTA, relacionado con una disputa en el sector inmobiliario y reclamos de US$ 40 millones. Todos los reclamos contra la República Dominicana fueron completamente desestimados.
  • República Eslovaca, en un arbitraje de inversión bajo las reglas CNUDMI presentado por U.S. Steel Global Holdings I.B.V., de conformidad con un tratado de inversión bilateral, relacionado con una disputa en el sector del acero y reclamos de US$300 millones. La demanda fue retirada poco antes de la audiencia final, y las partes llegaron a un acuerdo.
  • República del Perú en un arbitraje de inversión bajo las reglas CNUDMI presentado por Panamericana Televisión, de conformidad con un tratado de inversión bilateral, que implicó una disputa en el sector de telecomunicaciones y reclamos por más de US$631 millones. El tribunal desestimó la totalidad de las reclamaciones de la demandante y ordenó el reembolso del 65% de las costas del arbitraje.
  • República del Perú en el arbitraje Hydrikas CIADI, presentado en virtud de contratos de concesión, que involucra una disputa en el sector de energía hidroeléctrica y reclamaciones por US$26 millones. Todos los reclamos fueron desestimados y el tribunal arbitral ordenó a los demandantes que reembolsaran a Perú la totalidad de sus costos arbitrales, así como sus honorarios y gastos legales.
  • República Árabe de Egipto en un arbitraje de tratado de inversión bajo las reglas de la CNUDMI presentado por una entidad de Medio Oriente. Las partes llegaron a un acuerdo al principio del procedimiento.
  • República Bolivariana de Venezuela en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por la compañía holandesa I&I Beheer de conformidad con un tratado de inversión bilateral, relacionado con una disputa en el sector financiero y reclamos de US$300 millones. El procedimiento fue descontinuado a pedido de nuestro cliente, luego de la renuncia del abogado del demandante después de la primera ronda de presentaciones escritas sobre el fondo.

Casos en curso

  • Reino de Tailandia en un arbitraje incoado por Kingsgate Consolidated Ltd., bajo las reglas CNUDMI que involucra una disputa en el sector minero y reclamos por más de US$350 millones.
  • República de Turquía en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por Akfel Commodities Pte. Ltd. e I-Systems Global B.V. de conformidad con un tratado de inversión bilateral, que involucra una disputa en el sector de energía eléctrica y gas natural. Los reclamos de las demandantes ascienden a US$920 millones.
  • República del Perú en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por subsidiarias de la constructora brasileña Odebrecht en virtud de un tratado bilateral de inversión, que involucra una disputa en el sector petrolero y de gas y reclamos por US$1.200 millones.
  • República del Perú en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por Worth Capital Holdings 27 LLC de conformidad con un tratado bilateral de inversión, que involucra una disputa en el sector de petróleo y gas, y reclamos por más de US$590 millones.
  • República del Perú en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por la empresa energética española ENAGÁS S.L.U. de conformidad con un tratado bilateral de inversión. El monto reclamado asciende a US$500 millones.
  • República del Perú en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por la empresa americana Kaloti Metals & Logistics, LLC., de conformidad con el Acuerdo de Promoción Comercial entre EE. UU. y Perú. El monto reclamado asciende a más de US$75 millones.
  • República del Perú en un arbitraje ante el CIADI entablado por Lupaka Gold Corp. de conformidad con un arbitraje de tratado de inversión bilateral, sobre una disputa en el sector minero y reclamos por US$50 millones.
  • República del Perú en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por Latam Hydro LLC y Mamacocha S.R.L. bajo un contrato así como el Acuerdo de Promoción Comercial entre EE. UU. y Perú, relacionado con una disputa en el sector eléctrico. El monto reclamado asciende a más de US$45 millones.
  • República de Bulgaria en un arbitraje de inversión presentado ante el CIADI por la compañía energética checa ČEZ de conformidad con el Tratado sobre la Carta de la Energía, y relacionado con una disputa en el sector eléctrico. El monto reclamado asciende a más de US$ 950 millones.
  • República Checa, en un arbitraje de inversión bajo las reglas CNUDMI, basado en un tratado de inversión bilateral y el Tratado sobre la Carta de la Energía, presentado por las empresas Natland N.V., G.I.H.G. Limited, Natland Group Ltd., y Radiance Energy Holding, relacionado con una disputa en el sector de energía renovable (solar). El monto reclamado asciende a más de US$83.4 millones.
  • República Checa en un arbitraje de inversión ad hoc presentado ante la Corte Permanente de Arbitraje por la empresa DiagHuman, relacionado con una disputa en el sector de la salud.
  • Un Estado latinoamericano en un potencial arbitraje de inversión amenazado por una empresa de Corea del Sur y que involucra una reclamación en el sector del petróleo y el gas.
  • Un Estado latinoamericano en un potencial arbitraje de inversión notificado por una empresa surcoreana, que involucra un reclamo de más de mil millones de dólares y una disputa en el sector petroquímico.
  • Un Estado latinoamericano en un potencial arbitraje de inversión por parte de una entidad peruana, que involucra una disputa en el sector de hidrocarburos.

Reconocimientos

Chambers Global
International Arbitration — Foreign Expert — USA-wide (2024)
Chambers Global
International Arbitration — Counsel — USA (2024)
Chambers Global
International Arbitration — Global Market Leaders (2024)
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Credentials

Educación

  • J.D., Harvard Law School, 1991, cum laude
  • Redactor en Jefe, Harvard Law School, Harvard Human Rights Law Journal
  • B.A., Harvard University, 1987, magna cum laude

Habilitaciones

  • Distrito de Columbia
  • Corte de apelaciones de Estados Unidos para el Distrito de Columbia

Actividades profesionales y comunitarias

  • Miembro, Panel de árbitros del CIADI (designado por Estados Unidos)
  • Miembro, Consejo de usuarios, Centro Internacional de Arbitraje de Singapur (SIAC)
  • Miembro, Grupo de trabajo de la CCI sobre arbitrajes que involucran a Estados y entidades estatales
  • Miembro, Corte de Arbitraje Internacional de Londres ("LCIA" por sus siglas en inglés)
  • Miembro, Panel de Árbitros, Comisión de Arbitraje de Beijing/el Centro de Arbitraje Internacional de Beijing
  • Miembro, Panel de Árbitros , Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima Miembro, Instituto de Arbitraje Internacional(IAI), Paris, Francia
  • Miembro, Instituto Internacional de Arbitraje (IAI), Paris, Francia
  • Miembro, Comité asesor sobre resolución alternativa de disputas, Instituto del Derecho Internacional ("ILI" por sus siglas en inglés)
  • Miembro, Junta de asesoría, Instituto de Arbitraje Transnacional ("ITA" por sus siglas en inglés)
  • Miembro, Comité de arbitraje de inversiones, Asociación Latinoamericana de Arbitraje
  • Miembro, Comité permanente, Conferencia Latinoamericana de Arbitraje (CLA)
  • Miembro, Colegio de abogados del Distrito de Columbia (District of Columbia Bar Association)
  • Miembro, Asociación Americana de Abogados
  • Miembro, American Society of International Law
  • Miembro, Federación Interamericana de Abogados ("IABA" por sus siglas en inglés)
  • Miembro, Asociación Internacional de Abogados
  • Miembro, Asociación Internacional de Derecho
  • Cámara de comercio chileno-americana de Washington (Presidente, 2005-2008; Vicepresidente, 2003-2005; Miembro, Junta Directiva, 2005-2011)
  • International Human Rights Law Group (Washington, D.C.), Premio "Abogado Pro Bono del Año"
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